ESTRUCTURA ESCALAFONARIA - DEFINICIONES
Se entiende por escalafón a un gran grupo ocupacional homogéneo, que se
define en función de las características principales de las actividades
que comprende, y de las exigencias generales en cuanto a conocimientos y
habilidades.
Los subescalafones son grupos ocupacionales menores, contenidos dentro de
cada escalafón, que se definen con mayor especificidad en función del tipo
de tareas a realizar y de los conocimientos y habilidades particulares
requeridas para su ejecución.
Las ocupaciones están comprendidas dentro de los subescalafones y se
definen como un conjunto de actividades semejantes y vinculadas en función
del tipo de tareas que comprenden, de las responsabilidades inherentes y
de los requisitos para su desempeño.
Los niveles ocupacionales constituyen el ordenamiento jerárquico de etapas
en la trayectoria personal del funcionario dentro de la ocupación
correspondiente, determinados por sus competencias y por las tareas
desarrolladas y se asocia cada uno de ellos, dentro del escalafón y
subescalafón, a un grado salarial de la escala retributiva.