REGLAMENTACION DEL USO Y APLICACION DE SUSTANCIAS RADIOACTIVAS Y RADIACIONES IONIZANTES EN EL TERRITORIO URUGUAYO




Promulgación: 21/11/1984
Publicación: 16/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1152
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - PERMISOS ESPECIFICOS

Artículo 22

   Cuando se solicite a la Comisión Nacional de Energía Atómica que revise
sus decisiones con respecto a una autorización concedida o solicitada en
virtud de los artículos 16 y 17, se presentará a la misma un informe
detallado junto con las pruebas anexas, para que la Comisión Nacional de
Energía Atómica lo examine y efectúe la determinación definitiva. La
petición o el recurso formulado por el solicitante para que se revisen
tales decisiones, no retrasará el cumplimiento de cualquier decisión
basada en la obligación del solicitante de asegurar la protección de la
salud y la seguridad de las personas y del medio ambiente, de conformidad
con las reglamentaciones vigentes.
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