REGLAMENTACION DEL USO Y APLICACION DE SUSTANCIAS RADIOACTIVAS Y RADIACIONES IONIZANTES EN EL TERRITORIO URUGUAYO




Promulgación: 21/11/1984
Publicación: 16/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1152
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - OBJETO Y AMBITO DE APLICACION

Artículo 5

   A los efectos de la presente reglamentación se entenderá por:

   a) Sustancias radioactivas: los materiales que tengan una actividad
      específica superior a 0,002 uCi/g;
   b) Radiaciones ionizantes: radiaciones de naturaleza electromagnética
      (fotones de rayos X o de rayos gamma) y demás radiaciones o
      partículas de naturaleza corpuscular que puedan producir ionizacíón
      al atravesar la materia.
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