EMISION DE BONOS DE AHORRO PREVISIONAL. AÑO 1999. 2ª Serie




Promulgación: 24/02/1999
Publicación: 03/03/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 308

Artículo 7

En las emisiones por colocación directa se autoriza al Banco Central del
Uruguay a fijar y pagar una comisión de colocación de hasta el 1% (uno
por ciento) sobre el valor nominal de los títulos y a establecer la fecha
que éstos podrán cotizarse en las Bolsas de Valores.-
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