FUENTE DE FINANCIAMIENTO DE LAS INVERSIONES. Las actividades y proyectos
cuya financiación esté prevista con recursos externos a la Empresa, a
obtener o en trámite de obtención, se regirán de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 331° de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de 2007. Las fuentes
de financiamiento incluyen las operaciones con Instituciones Financieras a
efectos de financiar proyectos de inversión incluidos en el Presupuesto de
Inversiones. La ejecución de los proyectos de inversión mencionados estará
condicionada a la formalización de las fuentes de financiamiento, lo que
deberá contar con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.