PRORROGA EN LA FIJACION DE DERECHOS DE IMPORTACION ESPECIFICOS. IMPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES




Promulgación: 28/12/2001
Publicación: 02/01/2002
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1868
Referencias a toda la norma
VISTO: los Decretos Nros. 394/000, de 27 de diciembre de 2000, que fija 
derechos de importación específicos y exige la presentación de licencias 
automáticas para la importación de algunos productos textiles y 248/001, 
de 29 de junio de 2001, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2001 los 
derechos fijados por el Decreto antes mencionado.-

CONSIDERANDO: I) que corresponde prorrogar lo dispuesto en el Decreto Nº 
394/000 citado, a efectos de posibilitar el perfeccionamiento del 
Documento Unico Aduanero previo a dejar sin efecto la licencia de 
importación.-

II) que no ha culminado el proceso de evaluación de los derechos 
específicos que rigen para los productos incluidos en el Anexo del 
Decreto Nº 394/000, de 27 de diciembre de 2000.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Prorróganse hasta el 31 de marzo de 2002 los derechos de importación 
específicos para productos textiles originarios de países no integrantes 
del Mercosur establecidos por el Decreto Nº 394/000, de 27 de diciembre 
de 2000 y prorrogados por el Decreto Nº 248/001, de 29 de junio de 
2001.-

BATLLE - ALBERTO BENSION - SERGIO ABREU
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