IMPUESTO A LAS RENTAS AGROPECUARIAS - IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS - IMPUESTO TRANSITORIO




Promulgación: 27/11/1984
Publicación: 14/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1215

Artículo 3

   (Contribuyentes). Son contribuyentes del impuesto que se reglamenta:

   a) quienes no siendo sujetos pasivos del Impuesto a las Rentas de la
   Industria y Comercio enajenen los bienes gravados a contribuyentes
 del citado impuesto, a Administraciones Municipales o a Organismos
estatales,

   b) quienes exporten bienes gravados de su propia producción,

   c) los productores de los bienes gravados que sean contribuyentes del
    Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio y manufacturen o
 comercialicen dichos bienes. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 5 y 10.
Referencias al artículo
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