Los vinos comunes que contengan polialcoholes expresados en gramos de
glicerina por litro, en una cantidad superior al 10% de su alcohol en
peso, serán declarados por la Dirección de Contralor Legal del Ministerio
de Agricultura y Pesca "Vinos fuera de las condiciones legales", a los
efectos de lo dispuesto en el artículo 3º del decreto de 18 de agosto de
1939.