VITIVINICULTURA




Promulgación: 24/10/1984
Publicación: 14/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 904
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   La disidencia con las determinaciones del análisis sobre los caracteres
sensoriales de los vinos de la cosecha 1984 que se plantee dentro de los
diez días a partir de la fecha de su notificación, será sometida a
consideración de la Comisión Enotécnica Asesora la cual aconsejará a la
Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca sobre
la resolución que ésta pueda adoptar al respecto.
Ayuda