DEROGACION DE DISPOSICIONES QUE REGULAN LA ACTUACION DE UNIDADES EJECUTORAS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE CARNES




Promulgación: 24/09/1979
Publicación: 08/10/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 694
Visto: los artículo 3º y 6º al 12 del decreto 202/973, de 20 de marzo de
1973, que regulan la actuación de las Unidades Ejecutoras en el Instituto
Nacional de Carnes.

Considerando: los cometidos determinados por las disposiciones citadas
constituyen atribuciones propias del Instituto Nacional de Carnes, siendo
materia que concierne a su organización interna la determinación de la
Forma o modalidades que pueda adoptar su ejercicio.

Atento: a la opinión favorable de la Dirección de Asesoramiento Legal del
Ministerio de Agricultura y Pesca,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Derógase el artículo 3º del decreto 202/973, de 20 de marzo de 1973, así
como la atribución de funciones y competencias a las Unidades Ejecutoras
del Instituto Nacional de Carnes contenidas en dicho decreto.
 La Junta o su Presidencia determinarán la organización interna de los
servicios y los mecanismos para el ejercicio de las funciones y
atribuciones asignadas por los artículo 6º al 12 del decreto 202/973, de
20 de marzo de 1973.

Artículo 2

  Comuníquese, etc.

MENDEZ - JUAN C. CASSOU - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER
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