FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 35 INDUSTRIA DEL PAPEL Y CARTON. SUBGRUPO PAPEL




Promulgación: 14/09/1987
Publicación: 07/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Fíjanse los siguientes salarios mínimos por categoría y con carácter nacional y demás condiciones laborables para los trabajadores comprendidos en el Grupo Nº 35 "Industria del Papel y Cartón", Subgrupo "Papel", con vigencia desde el 1º de junio de 1987 y hasta el 30 de setiembre de 1987.

      Categoría                               Salario Hora
                                                    N$
          1                                      153,23
          2                                      156,82
          3                                      162,64
          4                                      164,92
          5                                      183,70
          6                                      194,38
          7                                      199,49
          8                                      211,21
          9                                      213,48
         10                                      229,03
         11                                      251,33
         12                                      258,03
         13                                      290,21 
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