APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1994




Promulgación: 24/11/1993
Publicación: 13/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 12

  El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado en
primer término, deberá proceder a regularizar al personal presupuestado
que se encuentre desempeñando funciones en distinto escalafón al de sus
cargos presupuestales y a tales efectos, los incorporará al escalafón
donde venían prestando sus funciones, por el último grado del mismo, a
opción del funcionario. El personal referido que opte, conservará la
antigüedad generada con anterioridad al cambio de escalafón, la cual será
tenida en cuenta en las futuras promociones y transferida al cargo que
pase a ocupar.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16.
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