APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1994




Promulgación: 24/11/1993
Publicación: 13/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 34

  El beneficiario de la Asignación Familiar es el hijo o menor a cargo del
funcionario hasta la edad de 16 años, haciéndose extensivo hasta los 18
años en los siguientes casos:
    a) Cuando continua cursando estudios a nivel superior a la Enseñanza
Primaria en Institutos docentes públicos o privados debidamente
autorizados por la autoridad competente.
  La calidad de estudiante será acreditada por el certificado expedido por
el respectivo Instituto docente.
    b) Cuando curse estudios primarios y pruebe que no pudo
complementarlos a la edad de 16 años, por impedimentos justificados.
    c) Cuando se trate de beneficiarios lisiados o incapacitados, sea
física o mentalmente, para el estudio.
    d) Cuando se trate de hijos o menores a cargo de funcionarios
fallecidos o absolutamente incapacitados o que sufren privación de
libertad.
  Los tributarios deberán justificar en cada caso la circunstancia
determinante de tal extensión. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 35.
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