AMPLIACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE UTE. EJERCICIO 1982




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 01/03/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1334
Visto: la solicitud de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas, para ampliar el Plan de Inversiones Públicas 1982, aprobado
por decreto 10/982, del 15 de enero de 1982.

Resultando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión
fija la ampliación del Programa 2.3 Subprograma 2.31 y 2.32 del Inciso 61
en N$ 37:692.000,00 a precios de agosto de 1981 con financiación a cargo
de Recaudación Propia y Endeudamiento Interno.

Considerando: I) Que se configuran las razones que justifican la
modificación de asignaciones presupuestales de los proyectos incluidos en
el Plan de Inversiones 1982 del Organismo;

II) Lo establecido por los artículos 11, 13, y 15 del decreto 10/982,
citado.

III) Que el Tribunal de Cuentas ha dictaminado de conformidad.

Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y la División Técnico Financiera del Ministerio de Economía y
Finanzas,

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

Artículo 1

  Amplíase la asignación presupuestal del Plan de Inversiones Públicas
para 1982, del Inciso 61 "Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas", Programa 2.3 "Servicios de Apoyo" en N$ 37:692.000.00 (nuevos
pesos treinta y siete millones seiscientos noventa y dos mil) a precios de
agosto de 1981.

Artículo 2

  La ampliación se compone de incrementos en las partidas del Subprograma
2.31 "Servicios Técnicos", Proyecto 231/1 "Equipos, terrenos,
construcciones y estudios" por un monto de N$ 29:633.000.00 (nuevos pesos
veintinueve millones seiscientos treinta y tres mil) y del Subprograma 232
"Servicios Administrativos" Proyecto 232/1 "Equipos, terrenos,
construcciones y estudios" por un monto de N$ 8:059.000.00 (nuevos pesos
ocho millones cincuenta y nueve mil).

Artículo 3

  Las asignaciones se discriminan por fuente de financiamiento y rubros en
los cuadros que siguen:

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 527/982 de 
30/12/1982.

Artículo 4

  Comuníquese, etc.

ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - CARLOS A. MAESO - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D.
TOURREILLES - JUAN A. CHIARINO ROSSI - LUIS A. CRISCI - LUIS A. GIVOGRE -
CARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA
Ayuda