Visto: la gestión promovida por el Comando General del Ejército, por la
que se solicita la aprobación del Reglamento de la Inspección de Bandas
Militares del Ejército.
Considerando: I) Que por razones de economía presupuestal y de mejor
Servicio, el Servicio de Bandas Militares del Ejército fue desactivado en
su aspecto orgánico a partir del año 1986, sin perjuicio de su
mantenimiento en el aspecto funcional;
II) Que la situación anteriormente expuesta ha creado un vacío normativo
en cuanto a la organización y funcionamiento de la Inspección de Bandas
Militares del Ejército que resulta necesario superar.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Derógase el decreto 318/979 del 5 de junio de 1979 y sus concordantes,
en tanto crearon y reglamentaron orgánicamente el Servicio de Bandas
Militares del Ejército, restableciéndose en su lugar la Inspección
de Bandas Militares del Ejército, la que actuará conforme al siguiente
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Bandas
Militares del Ejército. (*)