APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1993




Promulgación: 24/11/1993
Publicación: 05/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 25

 Tendrán derecho a la prima por Hogar Constituido:
     a. Los funcionarios casados y los viudos.
     b. Los de cualquier estado civil con familiares a su cargo hasta el
segundo grado de consanguinidad o afinidad.
     Este beneficio también alcanzará al funcionario sujeto a la
obligación de servir pensión alimenticia por sentencia o convenio
homologado judicialmente, la cual deberá acreditarse con el testimonio
judicial correspondiente y la declaración jurada del efectivo cumplimiento
de la obligación. 
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