TRANSPORTE AEREO. POLICIA AEREA NACIONAL




Promulgación: 19/11/2009
Publicación: 25/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1646
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 Conforme a lo dispuesto en el artículo 1ro. de la Ley 15.896 de 15 de
setiembre de 1987, compete a la Dirección Nacional de Bomberos,
dependiente del Ministerio del Interior, la función de policía del fuego
en sus fases preventiva y ejecutiva, así como todo lo relativo a la
prevención y combate de fuegos y siniestros, que aparejen peligro
inmediato para la vida humana o los bienes, en las áreas a que refieren
los artículos 1 y 2 del presente Decreto.
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