El régimen transicional de cobertura integral de salud acordado entre el
Poder Ejecutivo y los Directorios del Banco Hipotecario del Uruguay y de
la Agencia Nacional de Vivienda para los trabajadores dependientes de
ambos organismos públicos, se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2010.
A partir del 1º de enero de 2011 y hasta tanto confirmen su permanencia en
el mismo prestador que tenían hasta entonces o elijan otro distinto, a los
trabajadores que hubieren sido beneficiarios de dicho régimen transicional
no les serán aplicables las disposiciones reglamentarias que limiten la
movilidad de los usuarios entre prestadores del Sistema Nacional Integrado
de Salud.