PRORROGA LIQUIDACION DE HABERES DEL PERSONAL DE LA ESTIBA




Promulgación: 31/12/2001
Publicación: 09/01/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 1902

Artículo 4

 El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social adoptará las medidas 
necesarias para hacer efectivo el cumplimiento, en su totalidad, de lo 
dispuesto por los artículos 2º y 7º del Decreto Nº 176/001, de 15 de mayo 
de 2001, no más allá del 1º de mayo de 2002.-
Referencias al artículo
Ayuda