FIJACION DE ASIGNACION FAMILIAR. NOVIEMBRE 1984




Promulgación: 29/11/1984
Publicación: 06/12/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1235
Referencias a toda la norma
   Visto: lo dispuesto por el artículo 1 de la ley 14.985 de 20 de
diciembre de 1979.

   Resultando: que de conformidad con lo establecido en la mencionada
norma, el Poder Ejecutivo está facultado para fijar el monto de los
elementos que integran el Salario Familiar.

   Considerando: que corresponde adecuar los referidos beneficios a los
similares que se perciben en la actividad privada.

   Atento: a lo expuesto precedentemente.

                        El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase a partir del 1º de noviembre de 1984 en nuevos pesos 328,00
(nuevos pesos trescientos veintiocho) mensuales, la Asignación Familiar
que por hijo pre-escolar, escolar o liceal o incapaz, corresponda abonar a
los funcionarios públicos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Establécese en nuevos pesos 2.000.00 (nuevos pesos dos mil) las
Primas por Nacimiento y Matrimonio. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Los beneficios establecidos en los artículos precedentes, se
incrementarán en los mismos porcentajes y oportunidades en que se aumente
el Salario Mínimo Nacional para la actividad privada.
Referencias al artículo

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - RAMON N. MALVASIO
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