APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE PLUNA. EJERCICIO 1994




Promulgación: 25/11/1993
Publicación: 13/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   La remuneración del personal del Escalafón Técnico Profesional se regirá
por la siguiente escala:

 Categoría "A" (Ingenieros, Contadores, Economistas, Abogados y Médicos):
GRADO 8: Con más de 30 años de permanencia en el cargo profesional $ 2.500
GRADO 7: Con más de 25 años de permanencia en el cargo profesional $ 2.100
GRADO 6: Con más de 20 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.899
GRADO 5: Con más de 16 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.762
GRADO 4: Con más de 12 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.625
GRADO 3: Con más de 8 años de permanencia en el cargo profesional  $ 1.488
GRADO 2: Con más de 4 años de permanencia en el cargo profesional  $ 1.351
GRADO 1: Sueldo de ingreso para todas las profesiones $ 1.237
 Categoría "B" (Procuradores, Ayudantes de Ingeniero, Técnicos en
Administración, Sociólogos y Practicantes de Medicina):
GRADO 7: Con más de 26 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.625
GRADO 6: Con más de 21 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.488
GRADO 5: Con más de 16 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.351
GRADO 4: Con más de 12 años de permanencia en el cargo profesional $ 1.237
GRADO 3: Con más de 8 años de permanencia en el cargo profesional  $ 1.174
GRADO 2: Con más de 4 años de permanencia en el cargo profesional  $ 1.070
GRADO 1: Sueldo de ingreso para todas las profesiones $ 976  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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