APROBACION DEL CUERPO NORMATIVO TARIFARIO GENERAL. PUERTOS DEL URUGUAY




Promulgación: 25/11/1993
Publicación: 30/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 557
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62 del decreto 412/992, los
niveles económicos a aplicar a los items del Cuerpo Normativo Tarifario
General de los Puertos del Uruguay, serán fijados en documento aparte, que
podrá ser actualizado cuando corresponda, sin modificación del resto de la
norma. Cada puerto podrá tener sus  niveles tarifarios específicos, en
función de sus costos y facilidades, así como de las demandas comerciales
de su zona de influencia.
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