DEROGACION DE NORMAS QUE AUTORIZAN LA DESTRUCCION DE DOCUMENTOS ORIGINALES




Promulgación: 03/10/1985
Publicación: 18/10/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 812
  Visto: la solicitud formulada por el Archivo Nacional de la Nación
solicitando la derogación de los decretos 454/983, de 18 de noviembre de
1983, 484/984 de 31 de octubre de 1984, 512/984 de 15 de noviembre de
1984, por lo que se autorizó, en determinadas condiciones la destrucción
de documentos en los Ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa
Nacional y Transporte y Obras Públicas.

  Considerando: I) Las razones expuestas por el Director del Archivo
General de la Nación en el sentido de que la microfilmación podría ser
complementaria pero no sustitutiva de la documentación original;

II) Que eventualmente la copia fotográfica o microfilmación puede
deteriorarse si no se conserva en un ambiente en condiciones adecuadas al
material utilizado;

III) Que en ninguno de los tres casos se consultó al Archivo General de
la Nación, previsto en el artículo 2º de los decretos mencionados;

IV) Que por decreto reglamentario de la ley 14.106, del 14 de mayo de
1973 se creó una Comisión con el cometido de establecer las
características de los documentos a conservar, la que no llegó a
establecer criterios relativos a la finalidad de su creación.

  Atento: a lo precedentemente expresado y a lo informado por la Asesoría
Letrada,
    El Presidente de la República, actuando en Consejo de
                                Ministros

                                DECRETA:

Artículo 1

  Deróganse los decretos 454/983, de 18 de noviembre de 1983, 484/984 de
31 de octubre de 1984, 512/984 de 15 de noviembre de 1984, que autorizan
la destrucción de los documentos originales de los Ministerios de
Transporte y Obras Públicas, Relaciones Exteriores y Defensa Nacional,
carentes de interés.

TARIGO - CARLOS MANINI RIOS - MARIO C. FERNANDEZ - LUIS MOSCA - JUAN
VICENTE CHIARINO - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - CARLOS JOSE PIRAN -
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - SAMUEL VILLALBA - ROBERTO VAZQUEZ PLATERO
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