El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en
períodos no menores de seis meses y a realizar el ajuste de las
respectivas partidas presupuestales dando cuenta al Poder Ejecutivo y al
Tribunal de Cuentas en cada oportunidad. Para ello se tendrá en cuenta la
variación del índice general de precios al consumo confeccionado por el
Instituto Nacional de Estadísticas, los convenios laborales vigentes y
sus disponibilidades financieras.