VISTO: lo dispuesto en el Decreto 109/03 de 20 de marzo de 2003 y el
Decreto 199/03 de 22 de mayo de 2003;
RESULTANDO: I) que las referidas normas aprueban el denominado "Estudio
Geológico Minero del Depósito de Arenas Negras del Departamento de Rocha"
y se reglamenta el procedimiento para la realización de actividad minera
en la zona;
II) que la sociedad anónima encargada del desarrollo de la actividad
minera quedó constituida el 17 de junio de 2003, disponiendose de un
plazo de 180 a partir de esa fecha para enajenar mediante oferta pública
al mejor postor la totalidad de sus acciones;
CONSIDERANDO: que la Corporación Nacional para el Desarrollo entiende
pertinente una prórroga de dicho plazo teniendo en cuenta los contactos
internacionales realizados y en especial a través de las sedes
diplomáticas;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Prorrógase el plazo establecido en el Art. 4º del Decreto 109/03 de 20
de marzo de 2003 hasta el 17 de febrero de 2004. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 304/004 de 17/08/2004 artículo 1.