Las Unidades Ejecutoras de los Incisos del Presupuesto Nacional que
contraten personas en calidad de becarios y pasantes, deberán contar con
crédito presupuestal en el Objeto 057 "Becas de Trabajo y Pasantías y
otras Retribuciones".
Los créditos asignados para tales contrataciones no podrán aumentarse por
medio de trasposiciones ni refuerzos. En el crédito autorizado se
considerará comprendido el sueldo anual complementario y las cargas
legales.