REGLAMENTACION DEL ART. 51 DE LA LEY 18.719 SOBRE CONTRATO DE BECA O PASANTIA




Promulgación: 07/02/2011
Publicación: 16/02/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 303
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 51.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 El pasante tendrá una remuneración de 7 BPC (siete Bases de Prestaciones
y Contribuciones), por un régimen horario de 40 horas semanales de labor;
en caso de pactarse un régimen inferior, la remuneración será proporcional
al mismo.
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