MODIFICACION DE LA LISTA I DE LA CONVENCION UNICA SOBRE ESTUPEFACIENTES




Promulgación: 16/02/2023
Publicación: 27/02/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 7

   Quedan sujetas a control todas aquellas sustancias que se encuadren dentro de los grupos genéricos incluidos en el ANEXO II  del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 54/023 de 
16/02/2023.
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