VISTO: el Decreto N° 430/021, de 20 de diciembre de 2021, sus modificativos y concordantes;
RESULTANDO: I) que el referido Decreto incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común N° 16/21, de 13 de octubre de 2021, que aprobó el "Arancel Externo Común basado en la Nomenclatura Común del MERCOSUR" ajustada a la VII Enmienda del Sistema Armonizado;
II) que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones Nros 01/23, 05/23, 27/23, 28/23, 29/23, 30/23, 31/23 y 39/23, las cuales aprueban modificaciones a la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común;
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y por el artículo 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Modifícase la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, de conformidad con los Anexos que forman parte del presente Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 54/024 de
08/02/2024.