VISTO: la nómina de exportación de servicios establecida para el Impuesto
al Valor Agregado por el artículo 34 del Decreto 220/98 de 12 de agosto de
1998.
RESULTANDO: que el numeral 20 de dicha norma, en la redacción dada por el
artículo 1º del Decreto 406/008 de 21 de agosto de 2008, incluye en la
antedicha nómina a los servicios de asesoramiento, y a los vinculados al
desarrollo informático, prestados a la Secretaría Administrativa del
Mercosur, en el marco del Proyecto "Fortalecimiento Institucional del
MERCOSUR y consolidación del mercado regional, y al Parlamento del Mercado
Común del Sur en el marco del Convenio de Financiación ALA/2006/18-200 de
31 de agosto de 2006 suscrito entre la Unión Europea y el MERCOSUR.
CONSIDERANDO: conveniente precisar el alcance subjetivo de la citada
disposición.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el inciso segundo del
artículo 5º del Titulo 10 del Texto Ordenado 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998
artículo 34 Numeral 20).