REGIMEN DE REALIZACION DE ACTIVOS INMOBILIARIOS DEL BANCO DE SEGUROS DEL ESTADO




Promulgación: 10/11/2008
Publicación: 20/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2294
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.902 de 26/12/1997 artículo 1.

Artículo 2

 Forma de comercialización. El Banco podrá tomar a su cargo directamente
la comercialización de los inmuebles o disponer su venta a través de las
Cámaras Inmobiliarias u otros agentes externos, por los procedimientos
especiales que seguidamente se establecen. La elección de la forma de
comercialización por los procedimientos especiales que se establecen, así
como la selección de los agentes externos será discrecional del Directorio
siempre que el procedimiento elegido satisfaga los principios de
publicidad e igualdad.
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