Visto: el decreto 290/985, del 4 de julio de 1985 por el cual se
reasignaron los créditos presupuestales para inversiones 1985 de los
organismos comprendidos en el Presupuesto Nacional.
Resultando: que en el citado decreto no se aprobaron las inversiones
correspondientes a la Universidad de la República.
Considerando: la propuesta de inversiones para el ejercicio 1985 del
Inciso 26: "Universidad de la República".
Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a
lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la República.
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase el siguiente Plan de Inversiones del Inciso 26: "Universidad
de la República" para 1985 con la apertura a nivel de Proyectos, fuentes
de Financiamiento y Gastos en moneda extranjera que a continuación se
detallan:
Anexo: Inciso 26: "Universidad de la República"
Asignaciones del Plan de Inversiones Públicas por programa y
proyecto (gastos totales, en miles de nuevos pesos).
Las asignaciones presupuestales que se aprueban por este decreto se
regirán por las normas y definiciones establecidas por el decreto 290/985,
del 4 de julio de 1985.