Las resoluciones de incorporación de los funcionarios a redistribuir
serán proyectadas por la Oficina Nacional del Servicio Civil, la
Contaduría General de la Nación y la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, en su caso, y puestas a consideración de las autoridades
competentes.
A dichos efectos funcionará una Comisión con técnicos delegados de los
organismos citados, la que asesorará en materia de adecuación
presupuestal.