REGLAMENTACION DE LA REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 30/11/1990
Publicación: 09/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 637
Referencias a toda la norma

Artículo 15

  Cuando la redistribución suponga dar destino al funcionario fuera de la
localidad donde reside habitualmente, la Oficina Nacional del servicio
Civil recabará previamente la conformidad expresa del mismo.
Referencias al artículo
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