REGLAMENTACION DE LA REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 30/11/1990
Publicación: 09/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 637
Referencias a toda la norma

Artículo 29

  Siempre que el organismo de destino pertenezca a la Administración
Central, será competencia de la Contaduría General de la Nación la
aplicación de los mecanismos tendientes a implementar presupuestalmente el
acto administrativo de incorporación.
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