REGLAMENTACION DE LA REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 30/11/1990
Publicación: 09/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 637
Referencias a toda la norma

Artículo 31

  Toda referencia al Poder Legislativo y al Poder Judicial contenida en el
presente decreto se entenderá vigente sólo hasta el 31 de diciembre de
1990 en lo que se refiere a la potestad de declarar excedente a los
funcionarios de sus dependencias o habilitar la inclusión de los mismos en
la nómina de personal a redistribuir en los supuestos de los artículos 26
y 28.
Referencias al artículo
Ayuda