REGLAMENTACION DE LA REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 30/11/1990
Publicación: 09/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 637
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  Los funcionarios presupuestados o contratados a que refieren los
artículos 26 y 28 de la ley 16.127 podrá solicitar ante el jerarca del
organismo en el que revisten su inclusión en el Registro de Personal a
Redistribuir.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
Referencias al artículo
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