ORGANIZACION Y ADMINISTRACION DEL PARQUE CIENTIFICO Y TECNOLOGICO DE PANDO (PCTP)




Promulgación: 30/11/2009
Publicación: 09/12/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1715

Artículo 11

 La Junta Directiva Honoraria, en su carácter de órgano máximo del PCTP,
tendrá facultades para realizar todos los actos jurídicos convenientes
para el cumplimiento de los objetivos de la entidad.

Tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

a) Designar al Gerente General, que será rentado y deberá ser una persona
de reconocida trayectoria en el área de la gestión de actividades
científicas, tecnológicas o de innovación, fijar su retribución y
establecer sus atribuciones;

b) Designar los empleados y contratar los asesores que estime necesario
para el mejor cumplimiento de los objetivos del PCTP;

c) Crear e integrar las comisiones asesoras y/o consultivas que entienda
pertinente para el mejor funcionamiento del PCTP;

d) Aprobar el Reglamento de Funcionamiento Interno y el Reglamento
Operativo del PCTP, a propuesta del Gerente General;

e) Aprobar el Plan Estratégico y los Planes Operativos Anuales del PCTP,
en base a las propuestas elevadas por el Gerente General;

f) Resolver sobre las solicitudes de instalación en el predio del PCTP que
le presenten empresas u organizaciones que realicen actividades
productivas de base tecnológica y/o de prestación de servicios de carácter
científico o tecnológico, relacionadas con las disciplinas que se
desarrollan en el Polo Tecnológico de Pando;

g)  Aprobar el Presupuesto de Funcionamiento e Inversiones que regirá el
ejercicio siguiente y el estado contable correspondiente a cada ejercicio
y elevarlos, antes del 30 de abril de cada ejercicio, al Ministerio de
Industria, Energía y Minería, al Tribunal de Cuentas y a la Auditoría
Interna de la Nación, acompañados de los informes técnicos
correspondientes (art 100 de la ley 16.134, en redacción dada por el art
720 de la ley 16.170);

h) Realizar todos los actos jurídicos, sean civiles o comerciales,
convenientes para el cumplimiento de los objetivos institucionales, ya sea
en forma directa, actuando representada por su Presidente o por quien éste
designe, como a través de apoderado;

i)  Instruir y resolver los recursos de reposición que se presenten contra
sus resoluciones, para lo cual dispondrá de 45 (cuarenta y cinco) días
corridos, vencidos los cuales se configurará denegatoria ficta;

j) Representar al PCTP a través de su Presidente o de quien éste designe:
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