SEGURIDAD SOCIAL. TRABAJADORES A DOMICILIO




Promulgación: 10/07/1975
Publicación: 21/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 60
Referencias a toda la norma

Artículo 31

Dentro del término de noventa días (90) de la fecha de publicación del
presente decreto, la Caja Nº 36 traspasará al Consejo Central de
Asignaciones Familiares las sumas que integran las reservas en títulos o
efectivo de los fondos establecidos por el artículo 14 del decreto de
fecha 24 de febrero de 1959 "Fondo de Reserva Rubro Licencias" y por el
artículo 11 del decreto de fecha 8 de junio de 1961 "Fondo de Reserva del
Rubro Sueldo Anual Complementario". Asimismo traspasará la totalidad de
los fondos recaudados correspondientes a Licencias y Sueldo Anual
Complementario, pendientes de liquidación y correspondientes al presente
ejercicio.
Ayuda