Volver
Decreto
N° 545/976
PRORROGA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LAS IMPORTACIONES REALIZADAS EN EL MARCO DEL CONVENIO DE CREDITO ENTRE LOS BANCOS CENTRALES DE URUGUAY Y ARGENTINA
Documento Actualizado
Ver Imagen del D.O.
Referencias al artículo 1
AÑO 1977
Decreto
Nº 389/977
de 05/07/1977
Ayuda