Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes relacionados con el reajuste de tarifas de la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado, para los servicios de suministro de agua potable y recolección, alejamiento y depuración de aguas servidas.
Resultando: I) que las tarifas vigentes datan del mes de mayo de 1980 y la revisión de las mismas se funda en las obligaciones que origina la
prestación de los referidos servicios-publicos;
II) Que el incremento tarifario presentado por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado se ha ajustado a las directivas impartidas por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión la que aconsejó que el mismo fuera del 12% a partir del mes octubre de 1980.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 11, inciso b), de la ley 11.907, del 19 de diciembre de 1952,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las siguientes tarifas y normas de pago de la Administración
de las Obras Sanitarias del Estado para los servicios de suministro de agua potable y recoleccón, alejamiento y depuración de aguas servidas,
como asimismo complementarios que reglamenten derechos y deberes de los usuarios para el normal cumplimiento de la función específica asignada a dicho Organismo. (*)