REESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS (ANP)




Promulgación: 28/12/2007
Publicación: 10/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1742
Referencias a toda la norma
VISTO: La aprobación por parte de la Administración Nacional de Puertos de
la Reestructura Organizativa por Resolución de Directorio N° 849 dictada
en la Sesión N° 3425 de fecha 18 de diciembre de 2006.

RESULTANDO: I) Que en la misma se aprobó el Proyecto de Reestructura
Organizativa de la Administración Nacional de Puertos, el Organigrama
General, los organigramas de cada uno de los sectores y el documento de
apoyo de las funciones de cada uno de ellos.

II) Que en cumplimiento de la normativa vigente, se cursaron los
antecedentes a la aprobación de la Oficina Nacional de Servicio Civil y
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

III) Que bajo la dirección de la Oficina Nacional de Servicio Civil y la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto la Administración Nacional de
Puertos ha instrumentado acciones previas tendientes a facilitar la
implantación posterior.

IV) Que posteriormente en la intervención de las citadas oficinas se
emitió un pronunciamiento favorable aprobando la Reestructura Organizativa
y aconsejando una posterior revisión en acuerdo con dichos Organismos.

CONSIDERANDO: Que la reestructura y consecuente asignación de funciones en
régimen interino del personal presupuestado y contratado, responde a los
cambios operados hacia una organización matricial con estructuras
transversales y verticales para optimizar el funcionamiento de la
Administración Nacional de Puertos.

ATENTO: a lo establecido en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992, sus
decretos reglamentarios y Art. 22 del Decreto 614/06 de 27 de diciembre de
2006.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la Reestructura Organizativa de la Administración Nacional de
Puertos.

Artículo 2

 Apruébase la implementación previa de la reestructura Organizativa
realizada por la Administración Nacional de Puertos hasta la fecha.

Artículo 3

 Comuníquese, vuelva a la Administración Nacional de Puertos.

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI
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