VISTO: La aprobación por parte de la Administración Nacional de Puertos de
la Reestructura Organizativa por Resolución de Directorio N° 849 dictada
en la Sesión N° 3425 de fecha 18 de diciembre de 2006.
RESULTANDO: I) Que en la misma se aprobó el Proyecto de Reestructura
Organizativa de la Administración Nacional de Puertos, el Organigrama
General, los organigramas de cada uno de los sectores y el documento de
apoyo de las funciones de cada uno de ellos.
II) Que en cumplimiento de la normativa vigente, se cursaron los
antecedentes a la aprobación de la Oficina Nacional de Servicio Civil y
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
III) Que bajo la dirección de la Oficina Nacional de Servicio Civil y la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto la Administración Nacional de
Puertos ha instrumentado acciones previas tendientes a facilitar la
implantación posterior.
IV) Que posteriormente en la intervención de las citadas oficinas se
emitió un pronunciamiento favorable aprobando la Reestructura Organizativa
y aconsejando una posterior revisión en acuerdo con dichos Organismos.
CONSIDERANDO: Que la reestructura y consecuente asignación de funciones en
régimen interino del personal presupuestado y contratado, responde a los
cambios operados hacia una organización matricial con estructuras
transversales y verticales para optimizar el funcionamiento de la
Administración Nacional de Puertos.
ATENTO: a lo establecido en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992, sus
decretos reglamentarios y Art. 22 del Decreto 614/06 de 27 de diciembre de
2006.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: