REGIMEN DE SEGUROS SOCIALES POR ENFERMEDAD




Promulgación: 06/12/1984
Publicación: 17/12/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1326

Artículo 2

   Las actividades ya comprendidas por la Dirección de los Seguros
Sociales por Enfermedad mantendrán la fecha de inclusión original a los
efectos de la realización de aportes y goce de beneficios.
Referencias al artículo
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