Visto: que en el anteproyecto de presupuesto correspondiente a la
Justicia Ordinaria, elevado por la Corte de Justicia, se propone el
aumento del Timbre Poder Judicial (Artículo 141 de la ley 14.100, de fecha
29 de diciembre de 1972).
Resultando: Que el valor actual del mencionado timbre es de N$ 2.00 (dos
nuevos pesos), según lo determinado por el artículo 357 de la ley 14.416,
de 28 de agosto de 1975,
Considerando: I) Que en virtud del decreto constitucional 8/977, de 1º
de julio de 1977 (Acto Institucional 8) procede cambiar la denominación
del tributo;
II) Lo dispuesto en el artículo 363 de la ley 14.416 de 28 de agosto de
1975;
III) Las variaciones producidas en los índices económicos y en los costos del servicio desde la fijación del actual valor del timbre,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase la denominación del tributo creado por el artículo 141 de la
ley 14.100, de 14 de marzo de 1973, el que en lo sucesivo se denominará
"Timbre Justicia Ordinaria".