FIJACION DE TARIFAS PARA LOS SERVICIOS QUE PRESTA LA PLANTA DE LAVADO Y DESINFECCION DE VEHICULOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 23/02/1983
Publicación: 04/03/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 251/984 Derogada/o de 21/06/1984 artículo 2.
 Visto: la precedente gestión formulada por la Planta de Lavado y
Desinfección de Vehículos del Ministerio de Agricultura y Pesca, a los
fines que se indicaran.
 Resultando: I) Por decreto 90/981 de 25 de febrero de 1981 y su
modificativo 191/982, de 2 de junio de 1982, se fijaron las tarifas para
los servicios que presta la referida Planta de Lavado y Desinfección de
Vehículos.
 II) En la presente gestión dicha Planta solicita la revisión de tales
tarifas, en la forma que indica habida cuenta de los aumentos
experimentados en los distintos rubros que integran los costos de las
mismas.
 III) La Dirección General de Servicios Veterinarios elevó la mencionada
gestión con informe favorable;
 IV) Se oyó a la Dirección de Administración Financiera de la citada
Secretaría de Estado.
 Considerando: conveniente proveer en la forma aconsejada por la Planta de
Lavado y Desinfección de Vehículos dado que se estima de recibo las
razones invocadas para el aumento de tarifas solicitado.
 Atento: a lo que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los organismos
del Estado a partir del 1ª de enero de 1968, en base por lo preceptuado
por el artículo 512 de la ley 13.640 de 26 de diciembre de 1967
(Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones).

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 55/983 de 23/02/1983 artículo 1.

ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA
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