CERTIFICADO DE VALOR REAL - TASA POR EXPEDICION DE INFORMACION




Promulgación: 07/02/1990
Publicación: 22/05/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 10

  El Poder Ejecutivo actualizará anualmente la tasa de los tributos previstos en los artículos 256 a 258 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, previo informe de la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado, no pudiendo sobrepasar dicha actualización la variación operada en el promedio anual del índice de los precios al consumo, confeccionado por la Dirección General de Estadística y Censos, correspondiente al ejercicio inmediato anterior.
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