Los cargos y/o funciones contratadas previstos, únicamente se proveerán a través de la realización de concursos, como lo establecen las normas estatutarias vigentes (Art. 21 del Estatuto para los/las Funcionarios/as del INC.), siempre y cuando no se vulneren derechos legítimamente adquiridos.
No se proveerá un tercio de las vacantes que se generen desde el 1° de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017.