Sustitúyense los artículos 2 y 6 del Decreto de fecha 10 de enero de 1961, reglamentario de la Ley N° 12.804 determinándose los plazos para el pago de la sobretasa inmobiliaria; dispónese la presentación de declaraciones de propietarios que no lleguen al mínimo imponible y declárase la vigencia del régimen correspondiente a solares ubicados en zonas balnearias o de turismo.