CAPITULO I - DEL CONTROL DE LAS COOPERATIVAS AGRARIAS SECCION II - DEL OTORGAMIENTO DE LA PERSONERIA JURIDICA Y REGISTRO
Artículo 11
La cooperativa comunicará a la Dirección de Contralor Legal la ubicación
de su sede, su domicilio legal y la integración de sus autoridades y sus
representantes, y dentro de los 15 (quince) días hábiles informará todo
cambio que en dichos datos se produzca.
Cualquier notificación, trámite o gestión que las autoridades realicen
en la sede, en el domicilio constituído o con los representantes
comunicados a la Dirección de Contralor Legal, tendrá plena validez.