ABASTO. CARNES




Promulgación: 28/01/1971
Publicación: 04/02/1971

Resumen:

Cométese al Instituto Nacional de Carnes para que determine el porcentaje
que deberá destinarse al consumo de Montevideo y Canelones del total de 
faena que con cualquier destino realicen los frigoríficos habilitados
para exportar.

Artículo 5

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 137/971 de 
11/03/1971 artículo 1.


		
		Ayuda